jueves, 12 de septiembre de 2013

CAMBIOS EN MONOTRIBUTO - Nuevos Parámetros de Ingresos

 Adelantamos como sería a partir de éste mes la categorización del Régimen de Monotributo:


miércoles, 11 de septiembre de 2013

IMPUESTO A LAS GANANCIAS - Incremento en las Deducciones

Se incrementan las deducciones del Impuesto a las Ganancias para quienes perciban ingresos derivados del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas.

La cuantía del incremento varía en relación a los ingresos brutos y a la ubicación geográfica.

Sujetos con ingresos brutos mensuales inferiores o iguales a $ 15.000(*): No pagaran impuesto a las ganancias

Para aquellos sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013, no supere la suma de $ 15.000, para los meses de septiembre a diciembre, la deducción especial deberá incrementarse en una cuantía tal que determine que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a cero.

Sujetos con ingresos brutos mensuales superiores a $ 15.000 e inferiores o iguales a $ 25.000(*): Se incrementan las deducciones en un 20%

Las deducciones se incrementan en un 20% para aquellos sujetos cuya mayor remuneración y/o haber bruto mensual devengado entre los meses de enero a agosto del año 2013 no supere la suma de $ 25.000. Consecuentemente, respecto de las remuneraciones que perciban a partir del 01/09/2013, deberán computarse las siguientes deducciones:

CONCEPTO DEDUCIBLE IMPORTE DE LA RETENCIÓN MENSUAL
Ganancia no imponible $ 1.555,20
Cargas de familia
Cónyuge $ 1.728,00
Hijo $    864,00
Otras cargas $    648,00
Deducción especial $ 7.464,96

Zona patagónica: Se incrementan las deducciones en un 30%

Las deducciones se incrementan en un 30% para los empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados que vivan en zona patagónica. Consecuentemente, respecto de las remuneraciones que perciban a partir del 01/09/2013, deberán computarse las siguientes deducciones:


CONCEPTO DEDUCIBLE IMPORTE DE LA RETENCIÓN MENSUAL
Ganancia no imponible $ 1.648,80
Cargas de familia
Cónyuge                         $ 1.872,00
Hijo                                 $ 936,00
Otras cargas                 $ 702,00
Deducción especial         $ 8.087,04


(*) Para la determinación de los importes mencionados en los puntos 1. y 2. se considerarán las remuneraciones mensuales, normales y habituales, entendiéndose como tales aquellas que correspondan a conceptos que se hayan percibido, cómo mínimo, durante al menos 6 meses en el período comprendido entre los meses de enero a agosto del 2013.

Cuando no se hayan devengado remuneraciones en la totalidad del período mencionado, se considerarán los conceptos que se hayan percibido como mínimo en el 75% de los meses involucrados.